In Re Luis R Pastrana Silva

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Key Facts

The Supreme Court of Puerto Rico suspended Lcdo. Luis R. Pastrana Silva indefinitely from practicing law and notary due to repeated failure to comply with court orders and ethical obligations. Key issues included non-submission of 97 monthly notarial activity indexes and annual reports since 2000, unpaid notary bond, and failure to update personal information in the Registro Único de Abogados (RUA). The court attempted to notify him via certified mail in 2015, but letters were returned. This led to preventive seizure of his notary seal and book in January 2016. The suspension became effective May 3, 2016, after notification by mail.

Issues

  • The lawyer failed to maintain current personal data in the RUA, as mandated by Rule 9(j), obstructing the court's ability to exercise disciplinary jurisdiction and resulting in his indefinite suspension.
  • The court found that the lawyer repeatedly ignored its orders and the ODIN's communications, which constitutes a breach of professional conduct under Canon 9, leading to his suspension.

Holdings

  • El Tribunal Supremo de Puerto Rico suspendió inmediata e indefinidamente al Lcdo. Luis R. Pastrana Silva del ejercicio de la abogacía y la notaría debido a su incumplimiento reiterado con obligaciones notariales, incluyendo la no presentación de 97 índices de actividad mensual y informes estadísticos anuales desde 2000, así como la falta de pago de la fianza notarial. Este incumplimiento violó el Canon 9 del Código de Ética Profesional, que exige respeto hacia los tribunales, y se fundamentó en precedentes como In re Martínez Romero y In re Pacheco Pacheco.
  • Además, el Tribunal ordenó la suspensión por el incumplimiento de la Regla 9(j) del Reglamento del Tribunal Supremo, que exige mantener actualizados los datos personales en el Registro Único de Abogados (RUA). Este incumplimiento obstaculizó la jurisdicción disciplinaria y se basó en casos precedentes como In re Tirado Saltares y In re Arroyo Acosta.

Remedies

  • Se suspende inmediata e indefinidamente del ejercicio de la abogacía y de la notaría al Lcdo. Luis R. Pastrana Silva. Se le impone el deber de entregar de manera inmediata su obra y sello notarial so pena de ser expuesto al correspondiente procedimiento de desacato.
  • El Lcdo. Pastrana Silva debe acreditar ante este Tribunal el cumplimiento con lo anterior, en el término de treinta (30) días a partir de la notificación de esta Opinión Per Curiam y sentencia.
  • El Lcdo. Pastrana Silva tiene la obligación de notificar a todos sus clientes de su inhabilidad para continuar representándolos, devolverles cualesquiera honorarios recibidos por trabajos no realizados e informar oportunamente de su suspensión a los foros judiciales y administrativos.
  • El Alguacil de este Tribunal deberá incautar la obra y el sello notarial del Lcdo. Luis R. Pastrana Silva, y entregarlos al Director de la ODIN para el correspondiente examen e informe a este Tribunal.

Legal Principles

The court applied Canon 9 of the Professional Code of Ethics, requiring lawyers to show the utmost respect to courts, and Rule 9(j) of the Supreme Court Rules, mandating maintenance of updated personal information in the RUA. Non-compliance with court orders and failure to update registration data were deemed sufficient grounds for immediate and indefinite suspension from legal practice.

Precedent Name

  • In re Pestaña Segovia
  • In re Tirado Saltares
  • In re Pacheco Pacheco
  • In re Ortiz Walter
  • In re Martínez Romero
  • In re Arroyo Acosta

Cited Statute

  • Reglamento del Tribunal Supremo
  • Código de Ética Profesional

Passage Text

  • El Lcdo. Luis R. Pastrana Silva (licenciado Pastrana Silva) fue admitido al ejercicio de la abogacía el 15 de enero de 1987 y prestó juramento como notario el 21 de abril de 1988. Su obra notarial se encuentra aprobada hasta el 1992 y su Libro de Registro de Testimonios hasta el 1994.
  • El Canon 9 del Código de Ética Profesional, 4 LPRA Ap. IX, dispone que los abogados y las abogadas deben 'observar para con los tribunales una conducta que se caracterice por el mayor respeto'. ... A su vez, hemos advertido que procede la suspensión inmediata del ejercicio de la profesión cuando un abogado no atiende con diligencia nuestros requerimientos.
  • Por los fundamentos expuestos en la Opinión Per Curiam que antecede, la cual se hace formar parte de la sentencia, se suspende inmediata e indefinidamente del ejercicio de la abogacía y de la notaría al Lcdo. Luis R. Pastrana Silva. ... Además, tiene la obligación de acreditar ante este Tribunal el cumplimiento con lo anterior, en el término de treinta (30) días a partir de la notificación de esta Opinión Per Curiam y sentencia.